A vueltas con la soberanía y la capacidad de decidir
La semana pasada, al menos dos ministras del nuevo gobierno de
Madrid declararon que la soberanía reside en el Parlamento español y que “el
derecho a decidir” no forma parte de su agenda, mientras que, bien al
contrario, 175.000 personas unieron las tres capitales de la CAV, convocados
por la plataforma “Gure esku dago” afirmando, aun con acentos distintos, que se
abre un nuevo ciclo sobre el derecho de los vascos a decidir su futuro. Mis
demonios particulares me llevan, una vez más, a darle vueltas al tema de las
soberanías que, a la postre, no es otra cosa que dilucidar donde está el sujeto
político con capacidad real de decidir, y de decidir qué. Una reciente lectura
me ha impulsado, también, a escribir estas líneas.
En el número 273 de la Revista “Iglesia Viva”, de enero-marzo de
2018, hay una larga conversación de 24 páginas entre la directora de la
revista, Teresa Forcades, y un ex juez, durante 12 años, del Tribunal Constitucional
Federal de Alemania, Dieter Grimm. Reflexiona sobre las relaciones entre la
justicia de cada estado miembro y el Tribunal de Justicia Europeo, convertido
en instancia superior en la actual Unión Europea en construcción. De ahí que,
en la conversación, se aborde la cuestión de la soberanía, más allá del solo
ámbito jurídico. Parafraseo algunas de las ideas centrales del juez Grimm.
Soberanía
y derechos de soberanía. El juez alemán hace una distinción entre la “soberanía”
y los “derechos de soberanía”
particulares. Los Estados han transferido una serie de derechos de soberanía a
la UE, pero no la soberanía que reside en cada uno de los estados miembros.
Ante una cuestión de carácter social, afirma que una Europa social presupondría
una mayor transferencia de derechos soberanos a la UE, pero no necesariamente
suspendería su soberanía. Aunque lo que obstaculiza una unión social no es
tanto la soberanía nacional cuanto la dificultad práctica. Los sistemas de
seguridad social de los Estados miembros son tan diferentes que la unificación
es casi imposible. Y, añade el juez, que transformar los ejércitos nacionales en un ejército
europeo supondría un impacto mucho mayor en la soberanía nacional que la
instauración de una unión social. En este momento, no ve ninguna disposición en
los Estados miembros a renunciar a su soberanía. Es ahí, precisamente ahí,
donde se da de bruces, el presidente Macron cuando, en varias ocasiones el
presente año (en febrero en la Soborna, en mayo al recibir en Aquisgrán el
Premio Carlomagno) propugna la soberanía europea.
Cuando la
cantidad deviene calidad. Volvamos al
juez alemán. Afirma que, en el
futuro de la UE, se producirán otras
transferencias de soberanía, pues el número
de problemas que ya no se pueden
solucionar de manera efectiva
en el marco de los Estados no disminuye,
sino que crece. Y añade una
precisión que juzgo capital: “uno no debe
olvidar que hay un límite detrás del
cual la cantidad da un vuelco en
calidad. Los Estados miembros siguen teniendo la mayoría de los derechos de
soberanía. Pero puede suceder que cedan tantos derechos soberanos que la parte restante ya no merece el nombre de soberanía". Y pone como ejemplo que, en la actualidad, se discute
si la unión monetaria podrá tener
éxito, si no se produce también una
unión de la política financiera y económica.
“Eso sería un nuevo desplazamiento de competencias de gran alcance. Lo mismo vale decir de la ampliación
de la UE a una comunidad de defensa. Está en discusión una
unificación del derecho de asilo”, subraya. Si esos desplazamientos de
competencias se llevan a cabo, la pregunta se impone: ¿no sería más exacto
decir, siguiendo la terminología del juez Grimm que, entonces, la “soberanía”
residiría en el Parlamento europeo, y que los parlamentos de los Estados
miembros se limitarían a los, cada día, más menguantes “derechos de soberanía”?
Pensando en Euskadi respecto de España, y sí tuviéramos, ¡al fin!, las plenas
competencias asignadas al Estatuto de Gernika, ¿qué sujeto político, Euskadi o
España, sería “soberano” y cual ejecutor de “derechos de soberanía”, siguiendo
la distinción del juez alemán?
Subsidiariedad
no aplicada. Al abordar las cuestiones de las naciones sin Estado en una
Europa de los Estados, nuestro juez echa mano del principio de subsidiariedad,
que está en los Tratados de la UE desde 1992, recuerda, pero se ha quedado en letra muerta pues
no ha sido nunca aplicado. Lamentablemente, puntualiza, pues las cuestiones que puedan
ser resueltas a un nivel más
cercano a los ciudadanos, deben mantenerse ahí y que el nivel superior solamente se ocupe de lo que el nivel inferior no pueda asumir. Y añade, “deberíamos hacer a nivel
europeo lo que hacen todos los
Estados federales: distinguir de forma selectiva lo que puede ser legislado a cada nivel, es decir, crear un sistema escalonado de competencias legislativas” aunque en Alemania es
más fácil pues “Alemania es mucho más
homogénea que España”.
Sentimiento de
pertenencia. Pero,
trasladar el debate sobre las soberanías, (o sobre los derechos de soberanía, lo
que viene a ser soberanía compartida) a un debate sobre las competencias
legislativas, ¿supone, en la práctica un avance? Tiendo a contestar
afirmativamente. Considero que el concepto de soberanía que, en principio, o es
absoluta o no es soberanía, está ya, de facto, superado e, incluso, sostengo
que es polemógeno. Claro que más de uno me argüirá, con razón, si la cuestión
de la nación, de la nacionalidad, se limita, entonces, a una mera
descentralización administrativa (poco importa que sea en el marco español,
francés o europeo), a la postre a una distribución de competencias a nivel
local, autonómico (de TTHH, además, en Euskadi), estatal, europeo y planetario.
Mi respuesta es negativa, por supuesto. Pues falta un ingrediente capital,
central, para muchos incuestionable: su sentimiento de pertenencia que es tanto
más importante a medida que la sociedad, el mundo de nuestros días, es más
global, más plural. Pero el sentimiento de pertenencia no tiene por qué
circunscribirse al ámbito territorial competencial en el que,
administrativamente, esté inscrito cada ciudadano. Los tres millones de vascos europeos
estamos repartidos en la CAV, en Navarra, o en Iparralde. La CAV y Navarra
están en España e Iparralde en Francia. Y los vascos de la CAV, Navarra e
Iparralde, no tenemos sentimientos de pertenencia homogéneos sino, a menudo,
fuertemente encontrados, mientras que muchos “pasan” de estos temas.
Es desde
estos mimbres que los tenemos a Euskal Herria en la cabeza y en el corazón
debemos mirar al futuro para que haya una mayoría de vascos, de habitantes en
toda Vasconia (o ¿Baskonia?), autóctonos y los que vengan de fuera (ahora los
63 refugiados del Aquarius), que afirmen, con tranquilo y acogedor orgullo, “ni
euskalduna naiz”. Lo que exige trabajar por una Euskadi competente, convivial,
con algo que aportar al planeta. Esto me parece prioritario. La fórmula
geopolítica que tendrá Euskal Herria, digamos en 2050, dependerá, en gran
medida, de ello.
(Publicado
el 29 de junio de 2018 en DEIA y en Noticias de Gipuzkoa)
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